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Resumen de Asesoría Migratoria con la Abogada Lorena Rivas: 26 de junio 2026

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Decisiones Recientes de la Corte Suprema de los Estados Unidos.

  • Cancelación del TPS: La Corte Suprema validó la cancelación del Estatus de Protección Temporal (TPS) para ciudadanos de Haití y Siria. Aunque no menciona directamente a países de Latinoamérica como El Salvador, Honduras, Nicaragua o Venezuela, esta resolución sienta un precedente legal que podría facilitar futuros intentos gubernamentales de rescindir el TPS para dichas naciones.
  • Facultades en Frontera para Residentes Permanentes: Se determinó que los oficiales fronterizos tienen la facultad de decidir de forma inmediata el ingreso de un residente permanente al país si este cometió delitos graves después de obtener su estatus legal. Esto abarca delitos de violencia, fraude o drogas, permitiendo la deportación o revocación de la residencia en la frontera sin requerir la intervención obligatoria de un juez de inmigración.
  • Restricciones al Asilo Político: La Corte Suprema ratificó el derecho del gobierno federal para limitar la cantidad de personas admitidas en la frontera para solicitar asilo, avalando la medida de obligar a los solicitantes a esperar el desarrollo de sus procesos fuera del territorio estadounidense.
  • Fallo Pendiente sobre Ciudadanía por Nacimiento: Antes del 1 de julio de 2026, la Corte emitirá un dictamen definitivo para determinar si los hijos de padres indocumentados nacidos en los Estados Unidos conservan el derecho constitucional a la ciudadanía automática. La abogada aclaró que para modificar este principio de forma permanente se requeriría una enmienda constitucional aprobada por dos tercios del Congreso, y no únicamente un decreto judicial o ejecutivo.

Decisiones de Jueces Federales y Protecciones Vigentes

  • Prohibición de Arrestos en Cortes de Inmigración: Un juez federal dictaminó la ilegalidad de detener o arrestar a personas dentro de las sedes de las cortes de inmigración, frenando las prácticas de control migratorio sorpresivas observadas el año pasado.
  • Suspensión de Ejecución de Deportaciones: De acuerdo con disposiciones judiciales establecidas en California, los solicitantes con procesos pendientes de Visa U, Visa T o VAWA no pueden ser expulsados físicamente del país mientras sus casos se encuentren en evaluación, incluso si un juez de inmigración emite una orden de deportación previa.

Resolución de Consultas y Casos Prácticos

  • Visa U con Derivados en el Extranjero: Tras la aprobación de la Visa U, los familiares incluidos en la solicitud que residan en el extranjero (como México) deberán esperar a que el expediente sea enviado al consulado correspondiente para programar una entrevista consular, un proceso que toma aproximadamente seis meses. Al cumplir tres años con la Visa U, se puede iniciar el trámite de residencia permanente.
  • Residentes Permanentes con Antecedentes Penales: Un solo cargo por conducir bajo la influencia del alcohol (DUI) no suele revocar la residencia. Sin embargo, la acumulación de múltiples cargos (como cinco delitos de DUI), especialmente si ocurrieron mientras la licencia de conducir estaba suspendida o cancelada, faculta a las autoridades para evaluar la pérdida del estatus. Se recomienda consultar a un abogado antes de realizar cualquier viaje internacional. Los procesos de borrado de récord (expungement) solo tienen validez estatal y no eliminan los antecedentes ante las autoridades de inmigración.
  • Procesamiento de Casos VAWA: Las solicitudes presentadas por matrimonio con un ciudadano estadounidense no reducen el tiempo de aprobación del Formulario I-360 (el cual promedia cuatro años), pero agilizan la obtención de la residencia posterior al no requerir tiempos de espera por disponibilidad de visados. Los permisos de trabajo derivados de VAWA registran retrasos generales, con esperas que varían entre uno y tres años según el tipo de radicación del expediente.
  • Carga Pública y Acceso a Beneficios: Los solicitantes de Visa T, Visa U, VAWA, Asilo o Visa Juvenil Especial están exentos de las penalizaciones por carga pública y pueden solicitar apoyos gubernamentales o seguros médicos si el estado de residencia lo contempla. Se aconseja que los residentes permanentes regulares eviten solicitar este tipo de asistencia durante sus primeros diez años para impedir acciones financieras en contra de su patrocinador.
  • Petición por Hijos y Parole Militar: Los padres indocumentados con más de veinte años en el país que tengan un hijo de diecinueve años ingresando a las Fuerzas Armadas y otro hijo mayor de veintiún años pueden regularizar su situación sin salir de los Estados Unidos. El hijo militar permite tramitar el Parole en Place (permiso de permanencia temporal), otorgando legalidad a la entrada original. Posteriormente, el hijo mayor de veintiún años puede someter la petición de ajuste de estatus de forma local.
  • Patrocinio Laboral para Beneficiarios de DACA: Los beneficiarios de DACA que obtuvieron la protección antes de cumplir los dieciocho años y han mantenido sus renovaciones continuas no acumulan presencia ilegal. Por ello, un empleador puede patrocinar su residencia legal. Si el solicitante cuenta además con el amparo de la ley 245(i), podrá concluir el trámite de ajuste de estatus dentro de los Estados Unidos sin necesidad de abandonar el país.
  • Tiempos de Espera para FOIA: Las solicitudes de expedientes migratorios completos (FOIA) demoran un mínimo de seis meses, pudiendo extenderse hasta un año o año y medio dependiendo de la agencia federal requerida.

Información Institucional

  • Debido a que el día de la independencia coincide con el día sábado, las oficinas de Rivas y Asociados, así como las cortes federales, permanecerán cerradas el viernes 3 de julio de 2026.
  • Para asesoría legal en cualquiera de los cincuenta estados del país, puede comunicarse a la oficina central al número 918-505-4870.

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